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ORGANOLéPTICO .
Característica de un sustancia que se percibe con los sentidos


ANÁLISIS ORGANOLÉPTICO .
Valoración cualitativa que se realiza sobre una muestra basada exclusivamente en la valoración de los sentidos (vista, gusto, olfato, etc.)

También Cata.

Para llevar a cabo una buena cata es necesario contar con experiencia (para poder distinguir las sutilezas de los distintos sentidos) y un buen estado físico (si el catador está acatarrado no podrá saborear ni oler correctamente)

A pesar de que este análisis persigue la determinación objetiva de una serie de cualidades organolépticas (color, olor, sabor, etc.), la valoración global será siempre subjetiva debido a las distintas percepciones que puedan recibir los catadores y que no siempre serán las mismas.


CATA .
Acción de valorar el vino por medio de los sentidos de forma técnica, analítica y objetiva. No debe ser confundida con la degustación, en la que intervienen elementos más subjetivos y no se procede de manera sistemática (se rellena una ficha de cata entre otra cosas).


VDP .
En Francia, son los vinos de mesa personalizados para un origen geográfico (noción territorial). Un Vin de Pays debe provenir exclusivamente de la zona de producción que le da su nombre. Responde a condiciones estrictas de producción fijadas por decreto, como el rendimiento máximo, el grado alcohólico mínimo, el encepe y normas analíticas estrictas. Existen tres categorías de vinos de mesa: los vinos de mesa con denominación provincial, los vinos de mesa con denominación de zona y los vinos de mesa con denominación regional. Estos vinos se someten a un procedimiento de aprobación específico que incluye control analítico y organoléptico. Reciben la autorización oficial de la ONIVINS (Office National Interprofessionnel des Vins).


VDQS .
En Francia, la producción de estos vinos está estrictamente reglamentada y controlada por el INAO (Institut National des Appellations d'Origine). Esta reglamentación prevé la entrega de una etiqueta para el Sindicato vitícola interesado. Estos vinos deben responder a un cierto número de condiciones de producción fijadas por decreto: área de producción delimitada, encepe, grado alcohólico mínimo, rendimiento máximo, técnicas de cultivo, normas analíticas y control organoléptico. Las AO-VDQS constituyen una categoría intermedia entre los vinos de mesa y las D.O.C.


ENVEJECIMIENTO .
Proceso que consiste en dejar envejecer el vino para que desarrolle todo su potencial organoléptico


DECLARACIóN DE LJUBLJANA .
Documento redactado por la OIV en su 56ª Asamblea General, celebrada en Ljubljana (Eslovenia) entre el 30 de agosto y el 4 de setiembre de 1976 en el que se adopta la definición internacional del título y de la función del enólogo, que figura en el Anexo II de los presentes; aprueba el programa mínimo de formación de los enólogos, que figura en este Anexo II; y solicita a los países miembros de la OIV que se esfuercen en aplicar este programa para conseguir la armonización internacional de la formación de los enólogos.

Extracto del documento:

Definición internacional del título y función de enólogo
A. Definición

El enólogo es la persona que, por sus conocimientos científicos y técnicos avalados por el diploma correspondiente, es capaz de ejercer, dentro del respeto a las buenas prácticas, las funciones definidas a continuación.

B. Función del enólogo

El enólogo tiene las funciones:

a) De aplicar racionalmente los conocimientos recibidos o extraídos de las memorias científicas y técnicas, y eventualmente de proceder a investigaciones tecnológicas.

b) De colaborar en la concepción de material utilizado en tecnología y para el equipamiento de las bodegas.

c) De colaborar en la preparación y cultivo de las viñas.

d) De asumir la plena responsabilidad de la elaboración de mosto, vinos y productos derivados de la uva, y asegurar una buena conservación.

e) De proceder a los análisis (físico, químico, microbiológico y organoléptico) de los productos reseñados más adelante e interpretar los resultados.

f) De estar en condiciones de apreciar las relaciones existentes entre la economía y la legislación vitivinícola y la técnica enológica, así como de organizar la distribución del producto.






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