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DON MARIANO .
Variedad de uva.

Resumen ampelográfico:
Pámpano
Porte:Erguido
Racimo
Tamaño:Grande
Compacidad:Medio
Baya
Tamaño:Grande
Uniformidad del tamaño:Uniforme
Forma:Elíptica larga
Color de la epidermis:Roja-gris
Pruina:Media
Grosor de la piel:Mediana
Coloración de la pulpa:No coloreada
Sabores particulares:Ninguno
Presencia de pepitas:Presentes
Fenología
Época de la brotación:Tardía
Época de la floración:Tardía
Época del envero:Tardía
Madurez flsiológica de la baya:Tardía
Contenido en azúcar del mosto:Medio
Acidez total del mosto:Baja



LA MANCHA .
LA MANCHA
Denominación de Origen.

La Mancha, con una situación privilegiada en el centro de la Península y unas condiciones climatológicas únicas para el cultivo de la vid, da vida a uno de los vinos más sorprendentes que pueda catar el más exquisito paladar. Por extensión (próxima a las 190.000 has.) decimos con orgullo que La Mancha es el mayor viñedo del planeta, con una amplia variedad de vinos que van desde sus excelentes tintos hasta sus burbujeantes espumosos, sin olvidarnos de blancos y rosados de magnífica calidad. La Denominación de Origen LA MANCHA acoge a más de 300 bodegas que cuidan con esmero la elaboración de sus productos.

Zona de producción
Albacete
El bonillo, La roda, Minaya, Munera y fuensanta, Ossa de montiel, Tarazona de la mancha, Villalgordo del júcar, Villarrobledo,
Ciudad Real
Albadalejo, Alcázar de san juan, Aldea del rey, Alhambra, Almagro, Almedina, Almodóvar del campo, Arenas de san juan, Argamasilla de alba, Argamasilla de calatrava, Bolaños de calatrava, Calzada de calatrava, Campo de criptana, Carrión de calatrava, Castellar de santiago, Ciudad real, Cózar, Daimiel, Fernancaballero, Fuenllana, Fuente el fresno, Herencia, La solana, Las labores, Malagón, Manzanares, Membrilla, Miguelturra, Montiel, Parte sudeste de torre de juan abad, Pedro muñoz, Pozuelo de calatrava, Puerto lápice, Santa cruz de los cañamos, Socuéllamos, Terrinches, Tomelloso, Torralba de calatrava, Villahermosa, Villamanrique, Villanueva de los infantes, Villarrubia de los ojos, Villarta de san juan,
Cuenca
Alberca de zancara, Almendros, Atalaya del cañavate, Belinchón, Belmonte, Cañadajuncosa, Carrascosa de haro, Casas de benítez, Casas de fernando alonso, Casas de guijarro, Casas de haro, Casas de los pinos, El acebrón, El pedernoso, El provencio, Fuente de pedro naharro, Honrubia, Hontanaya, Horcajo de santiago, Las mesas, Las pedroñeras, Los hinojosos, Monreal del llano, Mota del cuervo, Olivares del júcar, Osa de la vega, Pinarejo, Pozoamargo, Pozorrubio, Rada de haro, San clemente, Santa maría de los llanos, Santa maría del campo rus, Sisante, Tarancón, Torrubia del campo, Tresjuncos, Uclés, Vara de rey, Villaescusa de haro, Villamayor de santiago, Villar de cañas, Villarrubio, Villaverde y pasaconsol, Zarza de tajo,
Toledo
Ajofrín, Almonacid, Cabañas de yepes, Cabezamesada, Camuñas, Consuegra, Corral de almaguer, Dos barrios, El toboso, La guardia, Lillo, Los yébenes, Madridejos, Manzaneque, Marjaliza, Mascaraque, Miguel esteban, Mora de toledo, Nambroca, Noblejas, Ocaña, Orgaz, Puebla de almoradiel, Quero, Quintanar de la orden, Santa cruz de la zarza, Sonseca, Tembleque, Turleque, Urda, Villa de don fadrique, Villacañas, Villafranca de los caballeros, Villaminaya, Villamuelas, Villanueva de alcardete, Villanueva de bogas, Villarrubia de santiago, Villasequilla, Villatobas,

Superficie: 193.133 Ha.

Variedades
Tintas autorizadas: Garnacha Tinta, Merlot, Syrah, Moravia
Tintas preferentes: Tempranillo, Cabernet Sauvignon
Blancas autorizadas: Chardonnay, Sauvignon Blanc
Blancas preferentes: Airén, Viura


Consejo Regulador
Avda. Criptana, 73
13600 - Alcazar de San Juan
Ciudad Real - España
http://www.lamanchado.es


Legislación
  • ORDEN de 22 de noviembre de 1996 por la que se ratifica el Reglamento de de la Denominación de origen "La Mancha" y de su Consejo Regulador



RIBERA DEL GUADIANA (DENOMINACIóN DE ORIGEN) .
RIBERA DEL GUADIANA (DENOMINACIóN DE ORIGEN)
Denominación de Origen.

La Denominación de Origen Ribera del Guadiana se extiende por buena parte de la provincia de Badajoz y por el Sureste de la de Cáceres, en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Su superficie de viñedo en esta joven Denominación de Origen se estructuran en seis subzonas vitivinícolas, cada una de las cuales es poseedora de un carácter especial y detentadora de una particular y antigua tradición en la producción de vino.

Dichas subzonas son: Cañamero y Montánchez, en la provincia de Cáceres y Ribera Alta, Ribera Baja, Tierra de Barros y Matanegra, en Badajoz.

Zona de producción
Badajoz
Aceuchal, Ahillones, Alange, Aljucén, Almendral, Almendralejo, Arroyo de san serván, Azuaga, Badajoz, Benquerencia, Berlanga, Bienvenida, Calamonte, Calzadilla, Campanario, Carrascalejo, Castuera, Corte de peleas, Cristina, Don Álvaro, Don benito, Entrín bajo, Esparragalejo, Esparragosa de la serena, Feria, Fuente de cantos, Fuente del maestre, Granja de torrehermosa, Guareña, Higuera de la serena, Higuera de llerena, Hinojosa del valle, Hornachos, La albuera, La coronada, La garrovilla, La haba, La morera, La nava de santiago, La parra, La roca de la sierra, Llera, Llerena, Lobón, Los santos de maimona, Magacela, Maguilla, Malpartida de la serena, Manchita, Medellín, Medina de las torres, Mengabril, Mérida, Mirandilla, Monterrubio de la serena, Montijo, Nogales, Oliva de mérida, Olivenza, Palomas, Puebla de la reina, Puebla de sancho pérez, Puebla del prior, Quintana de la serena, Rena, Ribera del fresno, Salvatierra de los barros, San pedro de mérida, Santa amalia, Santa marta de los barros, Solana de los barros, Talavera de la real, Torre de miguel sesmero, Torremayor, Torremegía, Trujillanos, Usagre y zafra, Valdetorres, Valencia de las torres, Valle de la serena, Valverde de leganés, Valverde de llerena, Valverde de mérida, Villafranca de los barros, Villagonzalo, Villalba de los barros, Villanueva de la serena, Villar de rena, Villar del rey, Zalamea de la serena, Zarza de alange,
Cáceres
Albalá, Alcuéscar, Aldea de trujillo, Aldeacentenera, Alía, Almoharín, Arroyomolinos de montánchez, Berzocana, Cañamero, Casas de don antonio, Escurial, Garciaz, Guadalupe, Heguijuela, Ibahernando, La cumbre, Madroñera, Miajadas, Montánchez, Puerto de santa cruz, Robledillo de trujillo, Salvatierra de santiago, Santa cruz de la sierra, Santa marta de magasca, Torre de santa maría, Torrecilla de la tiesa, Trujillo, Valdecaballeros, Valdefuentes, Valdemorales, Villamesías, Zarza de montánchez,

Superficie: 24.108 Ha.

Variedades
Tintas autorizadas: Garnacha Tinta, Tempranillo, Bobal, Cabernet Sauvignon, Graciano, Mazuela, Merlot, Monastrell ,Syrah
Tintas preferentes:: Montua, Pedro Ximénez, Alarije, Borba, Garnacha Tinta, Tempranillo, Cayetana Blanca, Cayetana Blanca, Pardina, Macabeo, Montua, Garnacha Tinta, Tempranillo, Cayetana Blanca, Eva, Garnacha Tinta ,Tempranillo, Cayetana Blanca, Pardina, Viura, Montua, Garnacha Tinta, Tempranillo, Borba, Pedro Ximénez, Garnacha Tinta, Tempranillo , Malvar, Alarije, Verdejo, Garnacha Tinta, Tempranillo
Blancas autorizadas: Alarije, Borba, Cayetana Blanca, Pardina, Macabeo, Chardonnay, Chelva, Eva, Malvar, Parellada, Pedro Ximénez, Verdejo.


Riego:
Riego: El Consejo Regulador podrá autorizar el riego del viñedo cuando lo justifiquen las condiciones ecológicas, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento 823/87, del Consejo, de 16 de marzo.

Consejo Regulador
Ctra. Sevilla-Gijón, 114. Apdo.Correos 299
06200 - Almenadralejo
Badajoz - España
http://www.riberadelguadiana.org


Legislación
  • ORDEN de 16 de abril de 1999 por la que se ratifica el Reglamento de la Denominación de Origen «Ribera del Guadiana» y de su Consejo Regulador.



HéMINA .
Cantidad de vino diaria asignada a cada monje según la Regla de San Benito:
" Cada cual ha recibido de Dios su propio don, uno de una manera, otro de otra, por eso establecemos con algún escrúpulo la medida del sustento de los demás. Teniendo, pues, en cuenta la flaqueza de los débiles, creemos que es suficiente para cada uno una hémina de vino al día. Pero aquellos a quienes Dios les da la virtud de abstenerse, sepan que han de tener un premio particular."

Regla de San Benito: Capítulo XL, La Medida de la Bebida


TIERRA DE LEÓN .
Denominación de Origen.

La zona de producción está delimitada por los términos municipales, de las provincias de León (mayoritariamente) y Valladolid, que el órgano de gestión considere aptos para la producción de uvas de las variedades autorizadas con la calidad necesaria para ser destinadas a la elaboración de estos vinos.

Zona de producción
León
Algadefe, Alija del infantado, Antigua (la), Ardón, Armunia (pd), Bañeza (la), Bercianos del páramo, Bercianos del real camino, Burgo ranero (el), Cabreros del río, Calzada del coto, Campazas, Campo de villavidel, Castilfalé, Castrocalbón, Castrotierra de valmadrigal, Cebrones del río, Chozas de abajo, Cimanes de la vega, Corbillos de los oteros, Cubillas de los oteros, Fresno de la vega, Fuentes de carvajal, Gordaliza del pino, Gordoncillo, Grajal de campos, Gusendos de los oteros, Izagre, Joarilla de las matas, Laguna de negrillos, Matadeón de los oteros, Matanza, Onzonilla, Pajares de los oteros, Palacios de la valduerna, Pobladura de pelayo garcía, Pozuelo del páramo, Quintana del marco, Quintana y congosto, Riego de la vega, Roperuelos del páramo, Sahagún, San adrián del valle, San esteban de nogales, San millán de los caballeros, Santa cristina de valmadrigal, Santa elena de jamuz, Santa maría del monte cea, Santas martas, Santovenia de la valdoncina, Toral de los guzmanes, Valdemora, Valderas, Valdevimbre, Valencia de don juan, Vallecillo, Valverde enrique, Vega de infanzones, Villabraz, Villademor de la vega, Villamañán, Villamandos, Villamontán de la valduerna, Villamoratiel de las matas, Villanueva de las manzanas, Villaornate y castro, Villaquejida, Villaturiel, Zotes del páramo,
Valladolid
Becilla de valderaduey, Bustillo de chaves, Cabezón de valderaduey, Castrobol, Castroponce, Cuenca de campos, Mayorga, Melgar de abajo, Melgar de arriba, Monasterio de vega, Quintanilla del molar, Roales de campos, Saelices de mayorga, Santervás de campos, Unión de campos (la), Valdunquillo, Villacid de campos, Villagomez la nueva, Villalba de la loma,

Variedades
Tintas autorizadas: Tempranillo, Garnacha
Tintas preferentes:: Prieto Picudo, Mencía
Blancas autorizadas: Malvasia, Palomino
Blancas preferentes:: Verdejo, Albarín blanco, Godello


Riego:
1. Se permite el riego de viñedo en las plantaciones inferiores a 2 años desde su fecha de plantación en cualquier época del año.

2. Con carácter general se establecen las siguientes condiciones para el riego de la vid:

2.1. Se permite el riego de viñedo con anterioridad al 31 de julio de cada año.

2.2. El Consejo Regulador autorizará el riego de viñedo con posterioridad al 31 de julio cuando determine que se dan condiciones de déficit hídrico,en las condiciones que establezca y previa solicitud del viticultor.

2.3. Se entenderá que existe déficit hídrico cuando la pluviometría de la campaña vitícola sea inferior al 75% de la pluviometría media de los últimos 10 años, tomando como referencia siempre los datos de las mismas estaciones meteorológicas. No obstante cuando un viticultor presente datos justificativos de la existencia de déficit hídrico en sus parcelas podrá autorizarse el riego de las mismas.

2.4. Las aportaciones máximas de riego permitidas serán las precisas hasta alcanzar la pluviometría media de la zona.

2.5. En todo caso el Consejo Regulador podrá modificar la fecha límite de riego cuando existan causas técnicas que lo justifiquen, debiendo tener en cuenta lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 8/2005, de 10 de junio, de la Viña y del Vino de Castilla y León, y en el artículo 12 de Reglamento de esta Ley, aprobado por Decreto 51/2006, de 20 de julio.

2.6. La zona de producción de uva podrá dividirse en zonas homogéneas de riego, a efectos de autorizaciones, en función de la disponibilidad de datos meteorológicos para el cálculo.

3.– El riego se realizará de forma localizada mediante goteros o similares. En casos determinados, previa solicitud del interesado debidamente justificada, el Consejo Regulador podrá autorizar el riego en las modalidades de aspersión, a manta o por surcos.

4. El Consejo Regulador establecerá criterios específicos a aplicar en determinadas campañas, si la situación coyuntural así lo requiere.

Consejo Regulador
C/ Alonso Castrillo, 29
24200 - Valencia de Don Juan
León - España
http://www.dotierradeleon.es/

Legislación
  • ORDEN AYG/1263/2007, de 11 de julio, por la que se reconoce el v.c.p.r.d. Denominación de Origen «Tierra de León» y se aprueba su Reglamento.







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