Buscando ... contenido nutricional del vino
10 definiciones encontradas

CONTENIDO NUTRICIONAL DEL VINO .
Cada 100 gramos de vino contienen:

NutrienteUnidadesCantidad
Aguag 86,58
Alcoholg 10,04
Residuo secog 0,24
EnergíaCalorias(kcal) 84
Energíakj 351
Proteinasg 0,07
Grasasg0
Carbohidratosg 2,72
Fibra alimentariag 0
Azucarg 0,79
Minerales
Calcio (Ca)mg8
Hierro (Fe)mg0,37
Magnesio (Mg)mg11
Fósforo (P)mg20
Potasio (K)mg99
Sodio (Na)mg5
Zinc (Zn)mg0,13
Cobre (Cu)mg0,007
Manganeso (Mn)mg0,124
Selenio (Se)mcg0,2
Vitaminas
Acido ascórbico (Vitamina C)mg0
Tiaminamg0,005
Riboflavinamg0,023
Niainamg0,166
Acido Pantoténicomg0,037
Vitamina B-6mg0,054


Fuente: USDA Nutrient Database for Standard Reference


VINO GARNACHA DEL MONTSANT .
Vino de licor tradicional elaborado con uvas sobremaduradas. Después de separar el escobajo y estrujados, la pasta fermenta hasta adquirir un grado alcohólico volumétrico natural mínimo de 12 por 100 vol. Seguidamente se sangra, prensa, filtra y se encabeza con alcohol vínico hasta llegar a los 15,5 por 100 vol. de grado alcohólico volumétrico adquirido y máximo de 20 por 100 vol. Se envejece en barricas de madera de roble.


VINO VIMBLANC DEL MONTSANT .
Vino de licor tradicional hecho con la variedad pansal sobremadurada. Con un grado alcohólico volumétrico natural mínimo de 12 por 100 vol. y un grado alcohólico volumétrico adquirido mínimo de 15 por 100 vol. y máximo de 18 por 100 vol.


TIERRA DEL VINO DE ZAMORA (VC) .
Vino de Calidad.

La Comarca de "Tierra del Vino de Zamora" se encuentra enclavada en ambas márgenes del río Duero a su paso por la provincia de Zamora, y recorrida de norte a sur por la romana Vía de la Plata.

Situada dentro del gran corredor del Duero, río vitícola español por excelencia, comprende una superficie de aproximadamente 1.800 Km. cuadrados distribuidos entre un total de 61 localidades, de las cuales 51 pertenecen a la provincia de Zamora y 10 se encuentran en tierras de Salamanca.

"Tierra del Vino de Zamora", única comarca española conocida con el topónimo de "Tierra del Vino", es una Figura de Calidad que comprende una delimitación geográfica concreta e independiente, dotada de una normativa propia que regula tanto el cultivo de sus viñedos como la elaboración de sus vinos.

Zona de producción
Salamanca
Aldeanueva de figueroa, Aldearrodrigo, Forfoleda, Palacios del arzobispo, Parada de rubiales, Santiz, Topas, Torresmenudas, Valdelosa, Zamayón,
Zamora
Algodre, Arcenillas, Benegiles, Cabañas de sayago, Cañizal, Casaseca de campeán, Casaseca de las chanas, Castrillo de la guareña, Cazurra, Coreses, Corrales, Cubillos, Cuelgamures, El cubo de tierra del vino, El maderal, El perdigón, Entrala, Fresno de la ribera, Fuentelapeña, Fuentesaúco, Fuentespreadas, Gema, Guarrate, Jambrina, La hiniesta, Madridanos, Mayalde, Molacillos, Monfarracinos, Moraleja del vino, Morales del vino, Moreruela de los infanzones, Peleas de abajo, Peñausende, Roales, Santa clara de avedillo, Torres del carrizal, Vadillo de la guareña, Valcabado, Vallesa de la guareña, Villaescusa, Villalazán, Villamor de los escuderos, Villanueva de campeán, Villaralbo, Zamora

Variedades
Tintas autorizadas: Garnacha, Cabernet-Sauvignon
Tintas preferentes:: Tempranillo
Blancas autorizadas: Albillo, Palomino, Godello
Blancas preferentes:: Malvasía, Moscatel de grano menudo, Verdejo


Riego:
1.– Se permite el riego de viñedo en cualquier época del año para las plantaciones de hasta dos años desde su fecha de plantación.

2.– Con carácter general se establecen las siguientes condiciones para el riego de la vid:
2.1. Se permite el riego de viñedo hasta el 10 de agosto de cada año.
2.2. El Consejo Regulador autorizará el riego de viñedo con posterioridad al 10 de agosto cuando determine que existe déficit hídrico, en las condiciones que establezca y previa solicitud del viticultor. En dicha solicitud figurarán los siguientes datos de la parcela regada: numero de polígono y parcela, superficie, forma de conducción y tipo y dosis de riego.
2.3. Se entenderá que existe déficit hídrico cuando la pluviometría de la campaña vitícola sea inferior al 75% de la pluviometría media de los últimos 10 años, tomando como referencia siempre los datos de las mismas estaciones meteorológicas. No obstante cuando un viticultor presente datos justificativos de la existencia de déficit hídrico en sus parcelas podrá autorizarse el riego de las mismas.
2.4. Las aportaciones máximas de riego permitidas serán las precisas hasta alcanzar la pluviometría media de la zona citada en el apartado anterior.
2.5. En todo caso el Consejo Regulador podrá modificar la fecha límite de riego cuando existan causas técnicas que lo justifiquen, debiendo tener en cuenta lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 8/2005, de 10 de junio, de la Viña y del Vino de Castilla y León, y en el artículo 12 de Reglamento de esta Ley, aprobado por Decreto 51/2006, de 20 de julio.
2.6. La zona de producción de uva podrá dividirse en zonas homogéneas de riego, a efectos de autorizaciones, en función de la disponibilidad de datos meteorológicos para el cálculo.
2.7. Con posterioridad al riego, y siempre antes de la fecha que se determine por el Consejo Regulador, el viticultor deberá comunicarle la estimación de cosecha esperada en la parcela regada.

3. El riego se realizará de forma localizada mediante goteros o similares. En situaciones debidamente justificadas, previa solicitud motivada del interesado, el Consejo Regulador podrá autorizar el riego en las modalidades de aspersión, a manta o por surcos.

4. El Consejo Regulador establecerá criterios específicos a aplicar en determinadas campañas, si la situación coyuntural así lo requiere.

Consejo Regulador
Plaza Mayor, 1
49708 - Villanueva de Campean
Zamora - España
http://www.tierradelvino.net/

Legislación
  • ORDEN APA/2639/2005, de 30 de junio, por la que se dispone la publicación del reconocimiento del «Vino de Calidad de la Tierra del Vino de Zamora» y de su Reglamento.
  • ORDEN AYG/782/2007, de 24 de abril, por la que se reconoce el v.c.p.r.d. Denominación de Origen «Tierra del Vino de Zamora» y se aprueba su Reglamento.
  • ORDEN APA/4100/2007, de 21 de diciembre, por la que se publica la Orden AYG/782/2007, de 24 de abril, de la Consejería de Agricultura y Ganadería de la Junta de Castilla y León, por la que se reconoce el vino de calidad producido en región determinada Denominación de Origen «Tierra del Vino de Zamora» y se aprueba su Reglamento, y de la Orden AYG/1688/2007, de 5 de octubre, por la que se modifica la anterior.



VINO DULCE NATURAL DEL MONTSANT .
Vino de licor tradicional que procede de mostos de alta riqueza en azúcares, superior a 272 g/l, fermentado parcialmente. Su graduación alcohólica volumétrica natural es como mínimo de 12 por 100 vol., y su graduación alcohólica volumétrica adquirida máxima de 18 por 100 vol., por adición de alcohol vínico.


ESTATUTO DE LA UVA, DEL VINO Y DE LOS ALCOHOLES .
Normativa que regula en España la ordenación del viñedo y su producción, la definición, elaboración, ordenación y comercialización de los productos derivados de la uva y definición y empleo de los alcoholes. Su Reglamento fue aprobado por Decreto 835/1972, de 23 de marzo, que desrrollaba la Ley 25/1970
Algunos de sus puntos se han visto superados tras la aplicación de la normativo comunitaria.


VINO APTO PARA LA OBTENCIÓN DE VINO DE MESA .
El vino:
— procedente exclusivamente de las variedades reglamentarias,
— producido en la Comunidad,
— cuyo grado alcohólico volumétrico natural mínimo sea al menos igual al fijado para la zona vitícola en que se haya producido.


COSTERS DEL SEGRE .
COSTERS DEL SEGRE
Denominación de Origen.

Raimat, Artesa, Vallde Ríu Corb y Les Garrigues son las cuatro subzonas leridanas que integran la Denominación de Origen Costers del Segre.

Raimat, de pequeña extensión pero grande en calidad, está situada a poniente de la capital leridana, cerca del límite de Huesca. Enclavada en una de las zonas agrícolas más desarrolladas del país, esta comarca se caracteriza por su suave relieve. Cuenta con una tradición que abarca tres cuartos de siglo y un viñedo de variedades selectas, perfectamente cultivado, que mediante cuidadosas prácticas de elaboración produce vinos blancos de gran finura y delicadeza, tintos de elegante complejidad y equilibrio, así como espumosos de gran personalidad y riqueza en matices.

Artesa, se ubica al noroeste de la capital, en un territorio accidentado que atraviesa el río Segre de este a oeste. Esta comarca vitivinícola se caracteriza por un clima muy extremado, de inviernos especialmente rigurosos y prolongados, lo que obliga a cultivar variedades a ciclo corto: Macabeo, Monastrell y Cabernet Sauvignon. Se elaboran blancos, tintos, y rosados.

Vall de Ríu Corb y Les Garrigues, pertenecen a la depresión del Ebro, en el sureste de la provincia, colindantes entre sí y ambas con la de Tarragona. Son tierras secas, áridas, de alta insolación que proporcionan excelente maduración y sanidad al viñedo. Se producen vinos blancos y tintos, francos y robustos, destacando su graduación alcohólica.

Zona de producción
Lleida
Agramunt, Alcarràs, Alfarràs, Algerri, Almacelles, Almenar, Alòs de balaguer, Arbeca, Artesa de segre, Balaguer, Belianes, Bellaguarda, Castell de mur, Castelló de farfanya, Cervià de les garrigues, Ciutadilla, Cubells, El vilosell, Els omellons, Els omells de na gaia, Foradada, Fulleda, Gavet de la conca, Gimenells i el pla de la font, Granyanella, Granyena de segarra, Guimerà, Isona i conca dellà, Ivars d’urgell, Juneda, La floresta, La pobla de cérvoles, Les borges blanques, Lleida, Llimiana, L’albí, L’ametlla, L’espluga calba, Maldà, Menàrguens, Montoliu de segarra, Montornès de segarra, Nalec, Penelles, Preixana, Preixens, Sant martí de riucorb, Talarn, Tàrrega, Tarrés, Tremp, Vallbona de les monges, Vallfogona de riucorb, Verdú, Vilagrassa, Vinaixa,

Superficie: 4.622 Ha.

Variedades
Tintas preferentes: Garnacha tinta, Tempranillo, Cabernet sauvignon, Merlot, Monastrell o morastrell, Trepat, Mazuela o samsó, Pinot noir
Blancas autorizadas: Moscatel de grano pequeño de Filadelfia
Blancas preferentes: Macabeo, Xarelo, Parellada, Chardonnay, Garnacha blanca, Riesling, Sauvignon blanco, Moscatel de grano grande o de Alejandría, Malvasía


Riego:
El Consejo Regulador autorizará la práctica del riego para mejorar la calidad de la uva y con un control del grado alcohólico y la acidez de la uva de las parcelas hídricamente reequilibradas de acuerdo con el equilibrio hídrico del suelo y las condiciones ecológicas de la viña.

Consejo Regulador
Campo de Marte, 35
25004 - Lleida
Lleida - España
http://www.costersdelsegre.es/


Legislación
  • ORDEN ARP/297/2005, de 20 de junio, por la que se aprueba el Reglamento de la Denominación de Origen Costers del Segre.
  • ORDRE ARP/297/2005, de 20 de juny, per la qual s’aprova el Reglament de la Denominació d’Origen Costers del Segre.
  • CORRECCIÓN DE ERRATAS en la Orden ARP/297/2005, de 20 de junio, por la que se aprueba el Reglamento de la Denominación de Origen Costers del Segre (DOGC núm. 4417, pág. 19839, de 1.7.2005).
  • CORRECCIÓ D’ERRADES a l’Ordre ARP/297/2005, de 20 de juny, per la qual s’aprova el Reglament de la Denominació d’Origen Costers del Segre (DOGC núm. 4417, pàg. 19839, d’1.7.2005).
  • ORDEN APA/402/2006, de 19 de diciembre, por la que se dispone la publicación de la Orden ARP/297/2005, de 20 de junio, de la Generalidad de Cataluña, por la que se aprueba el Reglamento de la Denominación de Origen Costers del Segre.



EDAD DEL VIÑEDO .
Años de la cepa. Se necesitan entre 3 y 4 años para que las cepas den las primeras uvas. Generalmente la calidad de la uva aumenta con la edad de la cepa.


DURACIóN DEL PERIODO .
Índice climático utilizado en viticultura que indica el número de días (entre el día 1 de Marzo y el 25 de octubre) en los que la temperatura media está por encima de los 10ºC


[ Resultado limitado a 10 terminos ]




Temas clave
Denominaciones de Origen
Variedades de uva
Vocabulario de cata
Enfermedades de la Vid
La alquimia
En la bodega
Tonelería
Crees que sabes mucho de vinos
DEMUÉSTRALO!


Sitios de vinos:




Copyright © 2005-2025