BINISSALEM-MALLORCA (DENOMINACIóN DE ORIGEN) .[volver]
Denominación de Origen.
Casi en el centro geográfico de la isla de Mallorca, en un paisaje de suave relieve, donde domina la llanura, y protegida de los vientos del Septentrión por el importante macizo de Sierra Alfabia, aparece ésta Denominación de Origen, pequeña en extensión pero de muy interesantes características vitivinícolas y ya larga tradición.
Zona de producción
Balears (Illes)
Binissalem, Consell, Santa eugenia, Santa maría del camí, Sencelles,
ORDEN de 12 de julio de 1995 por la que se ratifica la modificación del Reglamento de la Denominación de Origen «Binissalem-Mallorca» y de su Consejo Regulador.
ORDEN de 30 de abril de 1998 por la que se ratifica la modificación del Reglamento de la Denominación de Origen «Binissalem-Mallorca» y de su Consejo Regulador.
ORDEN APA/178/2003, de 27 de enero, por la que se ratifica la modificación del Reglamento de la Denominación de Origen «Binissalem-Mallorca» y de su Consejo Regulador.
ORDEN APA/956/2004, de 1 de abril, por la que se dispone la publicación de la modificación del Reglamento de la Denominación de Origen Binissalem-Mallorca y de su Consejo Regulador.
Orden de la Consejera de Agricultura y Pesca de 21 de noviembre de 2005, por la que se aprueba el Reglamento de la Denominación de Origen Binissalem, de su Consejo Regulador y de su Órgano de Control.
Ordre de la consellera d’Agricultura i Pesca de 21 de novembre de 2005, per la qual s’aprova el Reglament de la denominació d’origen Binissalem, del seu Consell Regulador i del seu Òrgan de Control.
El nombre de la D.O. Plà i LLevant procede de una de las comarcas de la isla de Mallorca y en mallorquín significa literalmente “llanura y costa del este de Mallorca”.
La zona de producción abarca la llanura central y oriental de la isla, que ofrece suelos óptimos para los viñedos. Los resultados de la primera vendimia sugieren que se trata de una zona con un enorme potencial para el desarrollo de importantes vinos mediterráneos.
Zona de producción
Balears (Illes)
Algaida, Ariany, Artà, Campos, Capdepera, Felanitx, Llucmajor, Manacor, Maria de la salut, Montuïri, Muro, Petra, Porreres, Sant joan, Sant llorenç des cardassar, Santa
margalida, Sineu, Vilafranca de bonany,
Riego: En función de las condiciones climatológicas que puedan darse en determinadas campañas, el Consejo Regulador podrá autorizar el riego de los viñedos inscritos, señalando las modalidades y condiciones del desarrollo de la citada práctica.