Buscando ... licor de expediciÓn
10 definiciones encontradas

LICOR DE TIRAJE .
Producto que se añade al vino base para provocar la formación de espuma.

La adición de licor de tiraje no podrá producir un aumento del grado alcohólico volumétrico total del vino base superior al 1,5 % vol. Este aumento se medirá calculando la diferencia entre el grado alcohólico volumétrico total del vino base y el grado alcohólico volumétrico total del vino espumoso antes de que se añada licor de expedición.


LICOR DE EXPEDICIÓN .
Producto que se añade a los vinos espumosos con objeto de conferirles características gustativas especiales.

La adición de licor de expedición se efectuará de forma que no aumente en más del 0,5 % vol. el grado alcohólico volumétrico adquirido de los vinos espumosos.


VINO DE LICOR .
El producto que tiene un grado alcohólico volumétrico adquirido no inferior al 15 % vol. ni superior al 22 % vol. y un grado alcohólico volumétrico total no inferior al 17,5 % vol.
Se obtiene a partir de mosto de uva parcialmente fermentado, vino,una mezcla de ambos productos.
Todos estos productos deberán, para los vinos de licor y los vlcprd, proceder de variedades de vid reglamentarias y tener un grado alcohólico volumétrico natural inicial no inferior al 12 % vol..

Esta autorizada la adición (solos o mezclados) de:

  • de alcohol neutro de origen vitícola, incluido el alcohol producido por destilación de pasas, con un grado alcohólico volumétrico adquirido no inferior al 96 % vol.

  • de destilado de vino o de pasas, con un grado alcohólico volumétrico adquirido no inferior al 52 % vol. ni superior al 86 % vol.


También se pueden utilizar uno o varios de los productos siguientes:

  • mosto de uva concentrado,

  • una mezcla de uno de los productos señalados en el parrafo anterior




ESPIRITUOSO .
Vino de elevada graduación alcohólica. Licor. El término se aplica más a los destilados que a los vinos. Proviene de la propia destilación, en la que se buscaba la esencia (el espíritu) del producto destilado.


LÁGRIMA .
1.- Fracción de mosto obtenido sin ningún tratamiento mecánico de la uva, fluyendo espontáneamente cuando las uvas son amontonadas en especiales condiciones. Vino procedente del mosto así obtenido.

2.- Típico vino de licor producido en la Denominación de Origen Málaga.


LICOROSO .
Vino generalmente dulce. Obtenido a partir de variedades de uva adecuadas con adición de alcohol. Único autorizado y con graduación adquirida superior al 15% vol.
Algunas mistelas se incluyen en este tipo.
Denominado en la actualidad vino de licor.


MISTELA .
Mezcla de mosto de uva con alcohol vínico. Algunas son consideradas como vinos de licor.


ANHÍDRIDO SULFUROSO .
Compuesto químico de azufre y oxígeno que mezclado con el vino en la cantidad adecuada realiza funciones antioxidantes, antisépticas, desinfectantes y depuradoras del color.
Puede aparecer en el vino en dos variedades: combinado inactivo y sulfuroso libre. El libre es el que produce los efectos comentados. La aplicación incorrecta o reciente del producto se traduce en aromas y sabores a azufre.

El contenido total en anhídrido sulfuroso de los vinos distintos de los espumosos y vinos de licor, en el momento de su oferta al consumo humano directo, no podrá exceder de:
a) 160 miligramos por litro para los vinos tintos,
b) 210 miligramos por litro para los vinos blancos y rosados.

Este límite se elevará, en lo que respecta a los vinos con un contenido en azúcares residuales expresado en azúcar invertido igual o superior a 5 gramos por litro, a:
a) 210 miligramos por litro para los vinos tintos y 260 miligramos por litro para los vinos blancos y rosados;
b) 300 miligramos por litro para los vcprd blancos que tengan derecho a las denominaciones de origen Alella, La Mancha, Navarra, Penedés, Rioja, Rueda, Tarragona y Valencia.

Cuando las condiciones climáticas lo requieran, se podrá permitir que los contenidos máximos totales en anhídrido sulfuroso inferiores a 300 miligramos por litro se aumenten en 40 miligramos por litro como máximo.
Ejemplo de uso (frase extraida de internet):
La dosis necesaria de anhídrido sulfuroso puede variar de 6 a 12 g por Hl. Estas consideraciones son para vinos de calidad obtenidos a partir de mosto flor


BRUT .
Clasificación para indicar el grado de azucar en el vino espumoso.
Brut es el vino natural que contiene una proporción de azúcares inferior a 15 gr/litro.

Cuando el contenido en azúcares no sobrepasa los 6 gr/l puede aparecer la expresión extra brut en la etiqueta.
El espumoso brut nature es el que se comercializa sin adición de licor de expedición.


ALICANTE (DENOMINACIóN DE ORIGEN) .
ALICANTE (DENOMINACIóN DE ORIGEN)
Denominación de Origen.

En la provincia de Alicante, a un lado y a otro del río Vinalopó, se enmarcan espaciadamente los viñedos de esta Denominación de Origen. En esta tierra de escasa pluviosidad se cultiva especialmente la cepa tinta Monastrell, muy resistente.

La Moscatel es cultivada fundamentalmente en la Subzona de La Marina.

Estas cepas son la base de la especialidad local: los tintos, vinos robustos, de elevado extracto, que con el paso del tiempo adquieren un color rubí teja, y desarrollan un característico bouquet, suave al paladar.

En la zona de La Marina se elaboran exquisitos vinos de licor.

El Fondillón es un vino de licor viejo, tradicional de la zona, de gran intensidad aromática.

Zona de producción
Alicante
Alcalalí, Alcocer de planes, Algueña, Alicante, Banyeres de mariola, Beneixama, Beniarbeig, Beniarrés, Benichembla, Benidoleig, Benillup, Benimarfull, Benimeli, Benissa, Benitachell, Biar, Calpe, Campo de mirra, Cañada, Castalla, Castell de castells, Cocentaina, Dénia, El verger, Elda, Els poblets, Gata de gorgos, Gayanes, Hondón de las nieves, Hondón de los frailes, Ibi, Jalón, Jávea, La romana, Llíber, Lorcha, Monóvar, Murla, Ondara, Onil, Orba, Orihuela, Parcent, Pedreger, Petrer, Pinoso, Planes, Sagra, Salinas, Sanet y negrals, Sax, Senija, Teulada, Tibi, Tormos, Vall de laguart, Villena,
Murcia
Abanilla, Jumilla, Yecla,

Superficie: 14.613 Ha.

Variedades
Tintas autorizadas: Bobal, Cabernet Sauvignon, Merlot, Pinot Noir
Tintas preferentes: Garnacha Tinta, Garnacha Tintorera, Monastrell , Tempranillo.
Blancas autorizadas: Chardonnay, Planta Fina, Verdil
Blancas preferentes: Airén, Macabeo, Merseguera , Moscatel de Alejandría.


Riego:
Se autoriza el riego de las parcelas inscritas siempre y cuando se cumplan todos los requisitos que exige este Reglamento, las disposiciones del Consejo y la legislación vigente que les pueda afectar.

Consejo Regulador
Orense, 3. Entresuelo dcha
03003 - Alicante
Alicante - España
http://www.crdo-alicante.org/


Legislación
  • ORDEN de 19 de octubre de 2000 por la que se ratifica el nuevo Reglamento de la Denominación de Origen "Alicante" y de su Consejo Regulador.
  • ORDEN APA/301/2007, de 22 de enero, por la que se publica la modificación del Reglamento de la Denominación de Origen Alicante y de su Consejo Regulador, aprobada por Orden de la Consellería de Agricultura, Pesca y Alimentación de la Generalitat Valenciana.



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